¿Qué es el modelo 111 y para qué sirve?

El modelo 111 es la declaración e ingreso obligatorio de IRPF que las empresas y autónomos han practicado durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios y que debe presentar a la Agencia Tributaria.

¿Debo pagar el IRPF si soy empresa?

Como empresa tendrás empleados a los cuales les pagas una nómina. Toda nómina lleva una retención del IRPF que se le descuenta al trabajador y que posees tú como pagador.
Llegado el momento, debes abonar ese importe recaudado de las nóminas de los trabajadores a la Agencia Tributaria mediante el modelo 111.

¿Debo pagar el IRPF si soy autónomo?

Cada vez que realizas una factura como autónomo tienes una retención del IRPF. Una vez finalizado el trimestre, deberás abonar esa cantidad acumulada mediante el modelo 111.
En definitiva, se trata de un “dinero a cuenta” que posteriormente Hacienda puede devolver según el caso al trabajador o empresario, a través de la declaración del IRPF.

Plazos para presentar el modelo 111

El modelo 111 se presenta dentro de los 20 días posteriores al final del trimestre.

Autoliquidación trimestral:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos incluidos.
  • Segundo trimestre del 1 al 20 de julio, ambos incluidos.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos incluidos.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero, ambos incluidos.

Puede ser mensual para grandes empresas:

Autoliquidación mensual:

Para grandes empresas el modelo 111 puede ser mensual haciéndose durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente al período de autoliquidación mensual que corresponda.
Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se considerarán trasladados al primer día hábil siguiente.

Cómo se presenta el modelo 111

Cómo se presenta el modelo 111
El modelo 111 se puede presentar de forma telemática o presencial. En caso de que seas una Sociedad sólo puedes presentar este modelo de forma online.
Para presentar este modelo de forma telemática se deben seguir las siguientes instrucciones:

  1. Accede en la web de Hacienda a través de este enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GH01.shtml
  2. Elige entre certificado digital o cl@ve PIN
  3. Rellena los apartados de “identificación” que sirve para la identificación del declarante, el “devengo” para especificar el año corriente y el trimestre en cuestión, y “liquidación” para dejar constancia de los datos sobre los rendimientos del trabajo y actividades económicas a los que se ha aplicado la retención.
  4. Indica el número de perceptores, el importe de las retenciones, la cuantía de los ingresos a cuenta y las percepciones en especie.

Una vez hayas cumplimentado todos los datos solicitados, deberás sumar las retenciones e ingresos que se hayan hecho en los epígrafes anteriores. Esto te llevará a la casilla 30, con el resultado final del modelo 111 con la cantidad que deberás pagar a Hacienda.

En caso de no haber efectuado ninguna retención, la autoliquidación saldrá negativa.

Quién debe presentar el modelo 111

Deben presentar el modelo 111 los autónomos y empresas que hayan aplicado retenciones en:

  • Como empresa tendrás empleados a los Rendimientos de trabajo: salarios o finiquitos de empleados.
  • Rendimientos actividades económicas: profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales o actividades empresariales en estimación objetiva (que se declaren por módulos)
  • Rendimientos por propiedad intelectual, industrial, derechos de imagen…
  • Premios de participación en juegos, rifas o concursos.
  • Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos.

Además, se debe tener en cuenta lo siguiente:

  • No es obligatorio presentar el modelo 111 si existen facturas recibidas de profesionales sin retención de IRPF.
  • Es obligatorio presentar este modelo en caso de tener trabajadores con IRPF cero.

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